Creado mediante Ley N.º 3752 del Timbre Odontológico, de conformidad con el artículo 1 establece: “El Colegio de Cirujanos Dentistas emitirá un timbre denominado “Timbre Odontológico” que deberá adherirse a cualquier factura que se expida por la venta de toda clase de materiales o instrumentos para el ejercicio de la Odontología.”

Tarifa: Las facturas de contado y crédito pagarán el 5% de la venta.

Formas de Recaudación:

Timbre electrónico: Es un sello electrónico que se estampa en tiempo real a la factura electrónica por la compra de material, instrumental y equipo odontológico.

Estampilla física: Son estampillas físicas con valor de ₡10, ₡50, ₡100, ₡500, ₡1.000 y ₡5.000 que se adhieren a la factura electrónica impresa.

Declaración jurada: Es un convenio de cooperación mediante el cual el Depósito Dental recauda el Timbre Odontológico y lo traslada al Colegio mediante transferencia, previa presentación de un informe de ventas mensual y declaración jurada debidamente firmada.

Beneficio Social del Timbre

Timbre Electrónico

¿Qué es el Timbre Odontológico Electrónico?

Es un sello electrónico que se estampa en tiempo real a la factura electrónica por la compra de material, instrumental y equipo odontológico.

¿Cómo se realiza el estampado del Timbre Electrónico?

La información se obtiene del archivo XML de la factura electrónica emitida por la persona física o jurídica que se dedique a la venta de material, instrumental y equipo odontológico. En la casilla llamada Timbre Odontológico, de forma automática, la aplicación del Colegio realiza el sellado de la factura con base en la información suministrada. Por último, la factura sellada con el respectivo monto del Timbre Odontológico se envía por correo electrónico al Depósito Dental que emitió la factura y al odontólogo receptor.

¿Para qué se implementa el Timbre Electrónico?

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de la Ley 3752 del Timbre Odontológico, por parte de las personas físicas y jurídicas que realizan la venta de material, instrumental y equipo odontológico. Además, permite al obligado tributario (el odontólogo) verificar que el monto cancelado en la factura es recaudado en tiempo real por el Colegio, ya que se envía la factura electrónica en con el sello digital indicando el monto, fecha y hora del pago realizado por concepto del Timbre Odontológico.

Depósitos Dentales autorizados para la recaudación del Timbre Electrónico

  • ALDECOBA DENTAL CARE S.A.
  • CLAUDIO ANDRES QUESADA PIEDRA
  • CR DENTAL SUPPLY S.A.
  • DENTAL CORP NBG S.A.
  • DEPÓSITO DE SUMINISTROS DENTALES NEW VISION S.R.L.
  • DEPÓSITO DP CARTAGO S.A.
  • DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DENTALES ORTHO LINEA S.A.
  • HARMONY SUPPLY S.A.
  • MASTER DENTAL S.A.
  • MULTINOVA HEALTH BUSINESS S.A.
  • ODP ORTODONCIA CR S.A.
  • QUALITY- 1 EXPORT INC
  • INOVADENT S.R.L.
  • S.A. LA SABANA
  • JAIRO CARVAJAL CARVAJAL (SONRISA TOTAL DENTAL SUPPLIER)
  • IZQUIERDO IMPORT GROUP I.I.G. S.A.

Depósitos Dentales

Requerimientos Técnicos Timbre Electrónico
Ejemplo de Factura Electrónica con Timbre

Ejemplo de Factura Electrónica con Timbre

Descargue aquí el Ejemplo de Factura Electrónica con Timbre
Ejemplo Nota de Crédito con Timbre
Enlace de Pruebas Timbre Electrónico

Enlace de Pruebas Timbre Electrónico

Enlace de Pruebas Timbre Electrónico

Integración con API

Visitar el Enlace de Integración con API

Requerimientos técnicos

Módulo Pruebas HD2

Lista de material e instrumental gravado con el Timbre Odontológico

Descargue aquí la resolucion CCDCR-UTT-032-23, Lista de material e instrumental

Resoluciones en consulta pública

Resolución Listado de material e instrumental gravado con el Timbre Odontológico

Resolución Listado de material e instrumental gravado con el Timbre Odontológico

De conformidad con el del artículo 174 de la Ley N° 4755 “Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la primera publicación realizada en el Diario Oficial la gaceta Nº 207 el 8 de noviembre del 2023, con el objeto de que expongan su parecer respecto a la propuesta del borrador de Resolución denominada “Borrador Listado de material e instrumental gravado con el Timbre odontológico. ” Se utilizará como principal medio oficial de comunicación para recibir observaciones, consideraciones y opiniones sobre el proyecto en referencia, el siguiente correo electrónico: gestortributario@colegiodentistas.org o a la siguiente Dirección: San José, calle veintiuno, avenidas dos y cuatro, Barrio González Lahman, setenta y cinco metros al norte de la esquina noroeste del Edificio de la Corte Suprema de Justicia Colegio de Cirujanos Dentistas. Tales observaciones, consideraciones y opiniones deberán expresarse por escrito y justificar debidamente las razones de su parecer. Además, se advierte que no se recibirán observaciones, consideraciones ni opiniones que ingresen por cualquier otro medio que no sea el oficialmente señalado o se reciban fuera del plazo establecido. Para los efectos indicados, la citada Resolución se encuentra disponible en el siguiente sitio Web: https://www.colegiodentistas.org/timbre-odontologico/, sección "Resoluciones en Consulta Pública.”
Descargue aquí la Resolución Listado de material e instrumental gravado con el Timbre Odontológico
Resolución Lineamientos para el uso del software del Timbre Electrónico

Resolución Lineamientos para el uso del software del Timbre Electrónico

De conformidad con el del artículo 174 de la Ley N° 4755 “Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la primera publicación realizada en el Diario Oficial la gaceta Nº 215 el 20 de noviembre del 2023, con el objeto de que expongan su parecer respecto a la propuesta del borrador de Resolución denominada “Borrador Lineamientos para el uso del software del Timbre Electrónico. ” Se utilizará como principal medio oficial de comunicación para recibir observaciones, consideraciones y opiniones sobre el proyecto en referencia, el siguiente correo electrónico: gestortributario@colegiodentistas.org o a la siguiente Dirección: San José, calle veintiuno, avenidas dos y cuatro, Barrio González Lahman, setenta y cinco metros al norte de la esquina noroeste del Edificio de la Corte Suprema de Justicia Colegio de Cirujanos Dentistas. Tales observaciones, consideraciones y opiniones deberán expresarse por escrito y justificar debidamente las razones de su parecer. Además, se advierte que no se recibirán observaciones, consideraciones ni opiniones que ingresen por cualquier otro medio que no sea el oficialmente señalado o se reciban fuera del plazo establecido. Para los efectos indicados, la citada Resolución se encuentra disponible en el siguiente sitio Web: https://www.colegiodentistas.org/timbre-odontologico/, sección "Resoluciones en Consulta Pública.”
Descargue aquí la Resolución Listado de material e instrumental gravado con el Timbre Odontológico

Resoluciones

Resolución CCDCR-UTT-033-2023, Lineamientos para el uso del software del Timbre Electrónico

Resolución CCDCR-UTT-033-2023, Lineamientos para el uso del software del Timbre Electrónico

Descargue aquí la Resolución CCDCR-UTT-033-2023, Lineamientos para el uso del software del Timbre Electrónico
Resolución CCDCR-UTT-021-20, Plan Piloto Timbre Electrónico

Resolución CCDCR-UTT-021-20, Plan Piloto Timbre Electrónico

Descargue aquí la Resolución CCDCR-UTT-021-20, Plan Piloto Timbre Electrónico
Resolución CCDCR-UTT-005-2019, Inscripciones de Oficio

Resolución CCDCR-UTT-005-2019, Inscripciones de Oficio

Descargue aquí la Resolución CCDCR-UTT-005-2019, Inscripciones de Oficio
Resolución CCDCR-UTT-004-2019, Obligados Tributarios del Timbre Odontológico

Resolución CCDCR-UTT-004-2019, Obligados Tributarios del Timbre Odontológico

Descargue aquí la Resolución CCDCR-UTT-004-2019, Obligados Tributarios del Timbre Odontológico
Resolución CCDCR-UTT-002-2019, Registro Único Tributario

Resolución CCDCR-UTT-002-2019, Registro Único Tributario

Descargue aquí la Resolución CCDCR-UTT-002-2019, Registro Único Tributario

Comunicados

Descargue aquí el Comunicado Timbre Electrónico 2021

Para cualquier consulta, sírvase comunicarse con el Lic. Joel Salas Sánchez, encargado de la Unidad Técnica Tributaria, al WhatsApp 6409-9178, teléfono 2256-3100, correo electrónico gestortributario@colegiodentistas.org o dirigirse a nuestras oficinas ubicadas en San José, calle 21, avenidas 2 y 4, Barrio González Lahman, 75 metros al norte de la esquina noroeste del Edificio de la Corte Suprema de Justicia.