El CCDCR informa a sus agremiados que la Federación de Colegios Profesionales Universitarios (FECOPROU) requiere nombrar un representante ante el Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR), para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
Interesados en aplicar deben presentar requisitos ante el Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica (CCDCR) a más tardar viernes 21 de noviembre al correo juntadirectiva@colegiodentistas.org o en físico en la sede central. Tras evaluar a los odontólogos postulantes, el CCDCR emitirá una carta en respaldo a los candidatos señalando que cumplen con los atestados que se solicitan, como parte de los requerimientos para presentar la postulación de manera directa ante FECOPROU, cuya fecha límite es el 4 de diciembre.
Cabe señalar que la presentación de los atestados por parte del CCDCR ante FECOPROU no garantiza al postulante que se le asignará el puesto en estas instancias, pues queda a criterio únicamente de dicha Federación.
Requisitos:
- Hoja de vida.
 - Declaración jurada firmada por el postulante indicando que no hay conflicto de interés entre las funciones a ejercer en el ente y sus intereses personales y profesionales y que se ajusta a lo dispuesto en la Ley N°. 8422 vigente contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito, manifestando además que se compromete a cumplir con la normativa y objetivos de la Federación.
 - Copia de títulos universitarios.
 - Copia de cédula.
 - Hoja de delincuencia recientemente emitida.
 - Certificación de miembro activo.
 - Carta resumen de los motivos por los cuales desean representar a FECOPROU ante el Consejo Universitario.
 
Es importante destacar que el Consejo sesiona dos veces por semana, y extraordinariamente cuando su director convoque por propia iniciativa, por solicitud del Rector o de tres de sus miembros. La asistencia a las sesiones es obligatoria.
El candidato (a) debe estar presente el día de la elección. La Federación comunicará oportunamente la fecha en que se realizará su elección, así como la hora y el lugar.
►Los representantes electos tendrán las siguientes obligaciones y atribuciones, además de las contenidas en la normativa vigente aplicable:
- Rendir informes de su labor vía electrónica, al Comité Ejecutivo, cada cuatro meses a partir de su nombramiento, así como un resumen ejecutivo del mismo ante el Comité Permanente. El Comité Ejecutivo definirá el procedimiento para ser conocido en el Comité Permanente, Incluyendo los logros alcanzados para la Federación.
 - Asistir a todas las sesiones del Comité Permanente.
 - Los representantes tendrán voz y no voto en las sesiones del Comité Permanente.
 - Podrán presentar mociones sobre temas que considere tratar en las sesiones del Comité Permanente.
 - Además, podrán formar parte de las Comisiones Temporales o Permanentes.
 


