8 septiembre, 2025
Cierre de inscripción: viernes 31 de octubre del 2025
5 septiembre, 2025
La propuesta tiene como objetivo principal regular los requisitos que deben cumplir los profesionales en Odontología para obtener la autorización del Colegio de Cirujanos y Cirujanas Dentistas de Costa Rica, para practicar la hipnosis en Odontología en seres humanos.
28 agosto, 2025
Únicamente la papeleta presentada por el Partido FUERZA cumplió, dentro del plazo establecido, con todos los requisitos para su inscripción.
22 agosto, 2025
La campaña electoral iniciará posteriormente a que este órgano colegiado complete la aprobación de las papeletas presentadas, lo cual se realizará en la reunión del martes 26 de agosto del presente año.
22 agosto, 2025
Objetivo
Dentro de las facultades de la Junta Directiva, esta puede nombrar y supervisar comisiones de trabajo que se encargarán de asuntos que esta les designe. Se requiere del establecimiento de un marco regulatorio para el correcto y formal funcionamiento de estas comisiones.
7 agosto, 2025
La propuesta de nuevo reglamento tiene como objetivo especificar los requisitos que deben cumplir los profesionales en odontología para incorporarse y/o reincorporarse al Colegio de Cirujanos y Cirujanas Dentistas de Costa Rica. Adicionalmente, contempla las consideraciones necesarias para regular el proceso de retiro voluntario de la persona odontóloga al Colegio.
6 agosto, 2025
El Ministerio de Salud solicita la colaboración del gremio odontológico. Para ello, se ha habilitado un formulario en línea, mediante el cual se podrán reportar casos sospechosos de manera sistemática.
6 agosto, 2025
Gracias a la proyección internacional que el Colegio ha venido construyendo en los últimos años, Costa Rica se convierte en el único país de la región —y el segundo a nivel mundial— en contar con acceso al programa de membresía internacional de la ADA. Este es un logro significativo que abre las puertas a oportunidades de alto nivel para el gremio odontológico nacional.
24 julio, 2025
De acuerdo con el artículo 19 del Código Electoral, las papeletas deberán presentarse ante el Tribunal Electoral para presentación formal de requisitos de inscripción, ideología, plan de gobierno y signos externos para su respectiva aprobación.